Contrato de locación, cinco cosas a las que tenes que prestarle mucha atención 

Según el art. 1187 del Código Civil y Comercial, “Hay contrato de locación si una parte se obliga a otorgar a otra el uso y goce temporario de una cosa, a cambio del pago de un precio en dinero”.

Este tipo de contrato es el que se usa para alquilar inmuebles. 

Antes de firmar un contrato de alquiler asegúrate de que estos cinco puntos estén presentes en el contrato y que dichos datos. 

También este contrato debe ir de la mano con la Ley de alquileres a la cual también hay que prestarle mucha atención cuando se firma un contrato de alquiler inmobiliario.

Uno. Lugar, Fecha Y Partes 

Lo primero que tenes que mirar es que en el contrato esté el lugar y la fecha en donde se firma el contrato. Esto fija competencia, eficacia probatoria al documento contractual.

Las partes también deben estar bien identificadas al principio del contrato, las partes son las personas que van a participar en ese contrato. Tenes que asegurarte de que estos datos estén presentes:

  • Nombre y apellido

  • DNI correcto.

  • CUIT

  • Domicilio electrónico, es decir el correo electrónico 

También revisa que dichos datos estén correctos



Dos. El precio pactado 

El precio pactado tiene que estar dentro del contrato y chequea obviamente que sea el precio que estás de acuerdo a pagar y el que hayas visto antes de firmar el contrato. 


Tres. Título de propiedad

Antes de firmar el contrato fijate que la persona dueña de la propiedad exhiba su título de propiedad. Esto es muy importante ya que con ese documento te aseguras que estás contratando efectivamente con la persona dueña del inmueble.


Cuatro. Aumento

Importantísimo. Fíjate que el aumento vaya de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, hoy en la Ley 27.551 o Ley Alquileres. Esta ley establece, en su artículo 14 que el aumento debe ser anual, es decir que el precio del alquiler debe fijarse como valor único y por períodos mensuales, sobre el cual solo pueden realizarse ajustes anuales. 


Quinto. El depósito 

El depósito que pagas tiene que ser igual al primer mes de alquiler del primer año, es decir que si vas a pagar $40.000 el primer mes del primer año, el depósito debe ser de $40.000.

Según el artículo 2 inc.b de la ley de alquileres “El reintegro deberá hacerse efectivo en el momento de la restitución del inmueble” es decir que te tienen que devolver lo mismo que entregaste en depósito cuando devuelvas el inmueble.


Conclusiones

Igualmente, cuando tengas más, mandalo revisar por un profesional o alguien que la tenga bien clara en el tema, porque en el contexto argentino en donde existe mucha demanda y poca oferta se suelen dar  muchas irregularidades a la hora de firmar este tipo de contrato de locación.


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